Bono social eléctrico: quién puede pedirlo y cómo
El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz para consumidores vulnerables. Se pide a la comercializadora de referencia y se aplica sobre el precio regulado (PVPC).
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1. Revisa las condiciones de tu contrato
El suministro debe estar en tu vivienda habitual, a tu nombre, con el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y una potencia contratada igual o inferior a 10 kW. El PVPC se contrata con una comercializadora de referencia.
2. Comprueba si cumples algún requisito de vulnerabilidad
Eres consumidor vulnerable si cumples alguno de estos: ingresos anuales de la unidad familiar iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (que el Ministerio sitúa en 8.400 € al año), con un incremento por cada adulto o menor adicional; tener el título de familia numerosa; ser pensionista con la pensión mínima; o cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
El consumidor vulnerable severo tiene umbrales de renta más bajos. Tienes el detalle y las circunstancias especiales, como discapacidad o monoparentalidad, en la web oficial del Ministerio.
3. Sabe qué descuento te corresponde
Hasta el 31 de diciembre de 2026 el descuento sobre el PVPC es del 42,5 % para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el vulnerable severo. A partir de entonces, según el Ministerio, bajarían al 35 % y al 50 %, salvo que se prorroguen: comprueba la cifra vigente cuando lo pidas.
El descuento se aplica solo hasta un límite de energía al año que depende de cuántas personas viven en la casa; lo que lo supera se factura al precio normal del PVPC.
4. Solicítalo a tu comercializadora de referencia
La solicitud se presenta a la comercializadora de referencia, que te pedirá el formulario y la documentación que acredite tu situación (libro de familia o título de familia numerosa, certificado de pensiones, etc.). Si no estás en el PVPC, primero tendrás que pasarte a él.
Si ya cobras el IMV, tienes acceso directo con los criterios de renta del consumidor vulnerable. El bono hay que renovarlo cuando caduca, así que apunta la fecha.
5. Ayudas relacionadas
Si eres beneficiario del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, tienes también derecho al bono social térmico sin pedirlo. Lo gestionan las comunidades autónomas. Más ayudas: Ingreso Mínimo Vital y Bono Alquiler Joven.
Fuentes oficiales
Consultadas el 18 de octubre de 2026.
- Ministerio para la Transición Ecológica: requisitos del bono social
- BOE: Real Decreto 897/2017, que regula el consumidor vulnerable
- BOE: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo
Contenido orientativo: las normas y los plazos cambian y tu caso puede tener excepciones. No sustituye a la información oficial ni al consejo de un asesor; contrástalo siempre en la fuente antes de actuar.